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INICIATIVA DE ACUERDO |
Conforme a lo dispuesto por el artículo 88 de la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como a lo aplicable de la Ley de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios, habiéndose desincorporados del patrimonio municipal los bienes muebles enlistados a continuación, autorizándose su destino final mediante subasta pública |
C. MARIA DE LOS ANGELES QUIROZ REYNOSO
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Aprobado |
177/A39/2024-2027 |
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